LAS OBRAS DE MEJORA EN UNA COMUNIDAD

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LAS OBRAS DE MEJORA EN UNA COMUNIDAD

Las obras de mejora en una comunidad son las que no son necesarias, también son llamadas suntuarias.   Son los trabajos y obras que no resultan necesarios para el adecuado mantenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes.  Se incluye también el establecimiento o construcción de nuevos elementos o servicios comunes (como por ejemplo una piscina).

Son definidas en el artículo 17.4 de la Ley de Propiedad Horizontal.

La comunidad de propietarios tiene que saber que existen tres tipos de obras de reparación:

-Reparaciones de carácter urgente, que requieren de una intervención inmediata para evitar o minimizar perjuicios actuales o inminentes.

-Reparaciones de tipo ordinario. Las habituales y de escaso coste como cambiar una bombilla, reparar un cristal, etc.

-Reparaciones extraordinarias. Son las de especial relieve por su importancia, trascendencia y coste.

Qué acuerdo se necesita para las obras de mejora en una comunidad

Para la realización de obras de mejora en una comunidad  es necesario que apruebe el acuerdo en Junta de Propietarios.  El acuerdo necesario es mediante una mayoría cualificada de tres quintas partes. Por otro lado, el Tribunal Supremo estipula que el voto de los propietarios ausentes se computará a los efectos de consolidar la mayoría exigible. Esto quiere decir que, si una vez notificados del acuerdo no contestan en el plazo de 30 días, su voto se cuenta a favor.

Particularidad de las obras de mejora en una comunidad

La particularidad de estas mejoras es que no siempre los propietarios están obligados al pago.  ¿Cuándo no está obligado un propietario al pago? Cuando la cuota a pagar por un propietario que no esté de acuerdo con dicha ejecución exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes.

¿Puede el beneficiarse de las obras de mejora el propietario que no ha pagado?

EL propietario que no ha pagado las obras de mejora no podrá aprovecharse de la mejora.  Se exceptúan los casos en que materialmente no pueda privársele de ella. Si queda privado, en un momento posterior podrá participar de las ventajas de la mejora.  ¿Cómo? abonando su cuota en los gastos de realización y mantenimiento debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal.

¿Puede negarse un propietario a la realización de obras en su casa?

En principio no. La ley de Propiedad Horizontal regula esto en el artículo 9.

Ningún vecino puede negarse a la realización de obras comunitarias en su casa, ni puede negar el paso a través de ella. Esto se refiere a los casos de ejecución de obras comunitarias por fuerza mayor y por el bien del conjunto del edificio y la comunidad de propietarios. La comunidad está obligada a dejar el piso en las mismas condiciones que se encontraba al comenzar las obras.

 

Por |2022-03-25T12:17:37+00:00marzo 25th, 2022|Vivienda y Comunidades|Sin comentarios

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