LAS MEDIDAS PROVISIONALES EN EL DIVORCIO

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LAS MEDIDAS PROVISIONALES EN EL DIVORCIO

Las medidas provisionales en el divorcio se solicitan al Juzgado en el momento de interponer la demanda de separación o divorcio.  Se pretende que sean las medidas que  rijan mientras se tramita el procedimiento principal.

Qué son

Son las medidas que se solicita al  juez para que regulen una serie de cuestiones provisionalmente, mientras se resuelve el procedimiento de divorcio.

Por qué son necesarias a veces las medidas provisionales en el divorcio

Debido al tiempo que tardan los procedimientos judiciales en resolverse.  Esta tardanza hace necesaria, a veces, adoptar provisionalmente una serie de medidas importantes.

Qué temas tratan las medidas provisionales en el divorcio

Pueden tratar cualquier tema relacionado con el divorcio o separación o todos ellos.  Así pueden ser medidas sobre:

La pensión de alimentos.  Con qué cantidad tiene cada cónyuge que contribuir a los alimentos de los hijos.

La pensión compensatoria.  Determinar si procede que un cónyuge compense al otro económicamente por el desequilibrio económico que le crea el divorcio con respecto al modo de vida con el que venía viviendo.

La custodia de los hijos.  A quién le corresponde la custodia o si esta es compartida.

– El régimen de visitas.  Cuándo y de qué manera tiene el progenitor no custodio derecho a estar con los hijos.

– La división de la sociedad conyugal.  Como se van a dividir los bienes que tiene el matrimonio

-Atribución de la vivienda familiar.  Qué progenitor se queda residiendo en que hasta entonces había sido la vivienda familiar.

-Etc.  Cualquier otra cuestión relacionada con el divorcio.

Cuánto duran las medidas provisionales

Las medidas durarán hasta que se dicten las medidas definitivas que sustituirán a las provisionales.  Las medidas definitivas se dictan al final del procedimiento, cuando el juez dicta sentencia.  En la sentencia vienen recogidas las medidas definitivas y en ese momento dejan de tener efecto las medidas provisionales.

Dónde se recogen las medidas provisionales

El artículo 773 de Enjuiciamiento Civil dispone:

” 1. El cónyuge que solicite la nulidad de su matrimonio, la separación o el divorcio podrá pedir en la demanda lo que considere oportuno sobre las medidas provisionales a adoptar, siempre que no se hubieren adoptado con anterioridad. También podrán ambos cónyuges someter a la aprobación del tribunal el acuerdo a que hubieren llegado sobre tales cuestiones. Dicho acuerdo no será vinculante para las pretensiones respectivas de las partes ni para la decisión que pueda adoptar el tribunal en lo que respecta a las medidas definitivas.”

Qué son las medidas provisionalísimas

Las medidas provisionalísimas son las que se solicitan antes de interponer la demanda de separación o divorcio.

Procedimiento para adoptar las medidas provisionales

-Lo primero es solicitarlas junto con la demanda principal de divorcio o separación.

-El juzgado señalará un día para la celebración de una comparecencia a la que acudirán los cónyuges y el ministerio fiscal si hay hijos del matrimonio.

-El juez intentará instará a las partes a que lleguen a un acuerdo acerca de las medidas que están solicitando.

– Si hay acuerdo el juez lo aprobará y las medidas acordadas regirán hasta que se dicten las definitivas.

-Si no hay acuerdo, será el juez quien resuelva acerca de cada una de las medidas propuestas por las partes.

 

Por |2022-09-11T10:16:44+00:00septiembre 11th, 2022|abogados expertos, Divorcios|Sin comentarios

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