EL DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO ANTE NOTARIO

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EL DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO ANTE NOTARIO

.  . El divorcio de mutuo acuerdo ante notario es una de las novedades que se incluyen en la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria.

Así, el divorcio de mutuo acuerdo ante notario tiene lugar cuando los cónyuges de forma conjunta deciden poner fin a su matrimonio y tramitar las medidas que van a regular su disolución matrimonial mediante escritura pública.

Requisitos del divorcio de mutuo acuerdo ante notario

  • Los cónyuges deben estar de mutuo acuerdo.
  • La pareja debe llegar como mínimo tres meses casada.
  • Los cónyuges deben estar en condiciones de presentar un convenio regulador o pacto de relaciones familiares.
  • Los cónyuges no deben de tener ni hijos menores no emancipados, ni hijos mayores de edad con la capacidad modificada judicialmente que dependan de ellos.
  • La cónyuge no se encuentre embarazada en el momento de instar el divorcio.

Documentos necesarios

Para promover el divorcio de mutuo acuerdo ante notario, se deberán de presentar los siguientes documentos en la notaría:

  • DNI o NIE de los cónyuges.
  • Certificado de matrimonio.
  • Libro de familia para acreditar que no existen ni hijos menores no emancipados, ni hijos mayores de edad con la capacidad modificada judicialmente que dependan de ellos.
  • Certificado de empadronamiento de los cónyuges.
  • Certificado de nacimiento de los hijos mayores de edad (si los hubiera).
  • Convenio regulador o pacto de relaciones familiares.
  • En el caso de haber separación de bienes: capitulaciones matrimoniales.
  • En el caso de sociedad de gananciales: documentación que acredite la disposición de los bienes y deudas existentes.
  • DNI y documentación acreditativa del abogado designado como colegiado ejerciente.

Obligatoriedad de abogado en el divorcio de mutuo acuerdo ante notario

  • Los cónyuges en el momento de otorgar la escritura pública que va a regular su divorcio deben estar asistidos por abogado en ejercicio.
  • La función del abogado es asistir legalmente a los cónyuges y redactar el convenio regulador o pacto de relaciones familiares preceptivo.

Notario competente

Será competente cualquier notario ubicado en el último domicilio en común de los cónyuges.  O en el lugar de residencia habitual de cualquiera de los cónyuges.

Convenio regulador o pacto de relaciones familiares en el divorcio de mutuo acuerdo ante notario (art. 90 CC y art.77 CDFA)

El convenio regulador o pacto de relaciones familiares deberá concretar, como mínimo los siguientes acuerdos:

  • En el caso de que existan hijos mayores de edad o menores de edad emancipados convivientes en el domicilio familiar y carentes de ingresos propios. La contribución de cada progenitor en los gastos ordinarios y extraordinarios de los hijos, la forma de pago, los criterios de actualización y las garantías de pago.
  • En caso de que existan, el destino de los animales de compañía.  El reparto de los tiempos de convivencia y cuidado, así como las cargas asociadas al cuidado del animal. Todo ello teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal.
  • La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
  • La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.
  • La pensión compensatoria que pudiera corresponder a uno de los cónyuges por la producción de un desequilibrio económico respecto del otro cónyuge a causa del divorcio.

Procedimiento del divorcio de mutuo acuerdo ante notario

Una vez redactado el convenio regulador por el abogado designado por los cónyuges, se fijará un día en la notaría para que los cónyuges  lo ratifiquen. Se deberán presentar todos los documentos anteriormente indicados.

Los hijos mayores de edad o menores emancipados que les pueda afectar el convenio  deberán estar presentes y dar su consentimiento.

El abogado designado por los cónyuges también deberá estar presente.

El notario valorará el convenio o pacto de relaciones familiares. Si no da su visto bueno por resultar dañoso a uno de los cónyuges, el notario podrá denegar el divorcio.  En ese caso los cónyuges únicamente podrán acudir a la vía judicial.

Los efectos de la disolución matrimonial por divorcio se producirán desde la manifestación del consentimiento otorgado por ambos cónyuges en escritura pública.  Es decir, desde el momento en que se firma.

Inscripción del divorcio en el Registro

Es el notario quien remitirá al Registro Civil correspondiente la escritura pública de divorcio para su inscripción.

 

Por |2022-11-01T17:29:45+00:00noviembre 1st, 2022|abogados expertos, Divorcios|Sin comentarios

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