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DIVORCIOS CONTENCIOSOS
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¿QUÉ ES EL DIVORCIO CONTENCIOSO?
Divorcio contencioso es aquel que se lleva a cabo cuando la pareja no logra ponerse de acuerdo en los aspectos esenciales de su divorcio. En estos casos cada uno de los miembros de la pareja deberá contactar con un abogado matrimonialista que le informe, asesore y defienda sus derechos ante el Juzgado.
En los divorcios contenciosos, a diferencia de los de mutuo acuerdo, se celebra un juicio en el que cada cónyuge tiene que defender sus intereses y las medidas que solicita. A partir de allí será el juez el que analice la situación y decida.

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¿QUE SE SOLICITA EN LA DEMANDA DE UN DIVORCIO CONTENCIOSO?
Uno de los cónyuges presentará una demanda de divorcio contencioso contra el otro cónyuge. En la demanda de divorcio contencioso se solicitará:
- El divorcio, motivo principal de la demanda.
- La asignación de la guarda y custodia: en caso de que haya hijos se solicitará qué tipo de guarda y custodia se desea: a favor de uno de los cónyuges o guarda y custodia compartida.
- El régimen de visitas: si existen hijos deberá establecerse un régimen de visitas para el progenitor no custodio.
- Pensión de alimentos: si los hijos son dependientes económicamente de la unidad familiar, se les asignará una pensión de alimentos.
- El uso del domicilio familiar: deberá recaer en uno de los miembros de la pareja que se disuelve.
- La pensión compensatoria: Cantidad mensual que abona un cónyuge a favor del otro para compensarle por el tiempo y trabajo dedicado a la casa y la familia. No es preceptiva.
- Reparto de bienes restantes: El cónyuge demandante deberá detallar cómo quiere que sea el reparto de bienes. Una vez presentada la demanda en el juzgado se dará traslado de la misma al demandado y el juez señalará fecha para juicio, al que acudirán las partes con sus abogados y procuradores.
Una vez presentada la demanda en el juzgado se dará traslado de la misma al demandado y el juez señalará fecha para juicio, al que acudirán las partes con sus abogados y procuradores.
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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL DIVORCIO CONTENCIOSO
Es un tema que suscita grandes polémicas entre los cónyuges, por lo que conviene saber lo que establece la ley:
- En los casos de divorcio en los que hay hijos menores de edad (o mayores pero dependientes) el uso de la vivienda familiar se atribuirá al progenitor custodio; es decir, a quien se quede viviendo con los hijos.
- En los casos de divorcio en los que no hay hijos (o son mayores de edad e independientes) el uso de la vivienda se atribuirá a quien el juez considere más débil económicamente.
- En los casos de divorcio en los que, sin existir hijos (o siendo éstos mayores de edad e independientes) ninguno de los cónyuges se encuentre necesitado de protección (pues ambos puedan trabajar y tengan ingresos similares) hay diferentes posibilidades: dividir el uso de la vivienda en períodos concretos, venta de la vivienda y reparto del precio de venta, etc.
No existe una norma que lo establezca, sólo unas tablas orientativas elaboradas a raíz de los resultados de diversas sentencias de divorcio. A partir de allí los importes variarán dependiendo de si los dos cónyuges trabajan o sólo uno de ellos, de los salarios que perciben y del número de hijos, entre otras cosas.
Lo habitual es que la pensión de alimentos sea abonada en la cuenta que señale el progenitor custodio y normalmente se establece el período de los cinco o siete primeros días de cada mes.
No. El cónyuge que lo solicite deberá acreditar ante el juez que la ruptura matrimonial le ha supuesto un desequilibrio económico.