LA CUSTODIA COMPARTIDA

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LA CUSTODIA COMPARTIDA

La custodia compartida plantea diversas cuestiones en la práctica.

Qué es la custodia compartida

Es el régimen que atribuye a ambos progenitores la custodia de los hijos menores o incapacitados, en igualdad de derechos y deberes, tras una separación o divorcio. Está regulado en el artículo 92 del Código Civil.

Este régimen permite que los hijos convivan con ambos progenitores, estableciendo periodos alternos de convivencia con uno u otro progenitor.  Los períodos  pueden ser por semanas, meses, trimestres, etc.

Qué otros tipos de custodia existen

La custodia monoparental o exclusiva, que atribuye a uno de los progenitores la custodia.  El otro progenitor tendrá derecho de estancia y visitas.

Ventajas de la custodia compartida

La custodia compartida favorece la igualdad entre los padres, pues equipara las obligaciones y los derechos de ambos. De este modo se evita que una de los progenitores tenga más peso en la educación y relación con el menor.

Cuándo se puede solicitar la custodia compartida

-En la propuesta de convenio regulador.  En Aragón, se llama pacto de relaciones familiares

-Cuando lo acuerden los padres, a lo largo del procedimiento judicial de separación o divorcio

-Con posterioridad a la sentencia, si se solicita una modificación de medidas.

Intervención del Ministerio Fiscal

El juez, siempre que haya hijos menores, solicitará un informe del Ministerio Fiscal.  También podrá solicitar un dictamen de especialistas cualificados, si así lo requiere el caso.  Se podrá escuchar a los niños si tienen edad de razón suficiente, aunque normalmente el juez procura no implicarles.

Dónde viven los hijos en caso de custodia compartida

En nuestra legislación no existe disposición alguna que determine la forma de llevar a cabo el régimen de custodia compartida.  Aunque siempre deberá primar el interés del menor a una vivienda adecuada a sus necesidades.

Tipos de custodia compartida

-Custodia compartida con domicilio fijo de los hijos

En este caso se concede el uso de la vivienda familiar a ambos progenitores, que se van alternando.  Los hijos permanecen fijos en el domicilio y son los padres lo que se mueven a él cuando les corresponde.

Esta opción tiene el inconveniente de que hay que disponer de tres viviendas.  Una para los hijos, otra para el padre y otra para la madre.

-Custodia compartida con domicilio rotatorio de los hijos

Aquí son los hijos los que se trasladan a los domicilios de uno u otro de los padres, en los períodos asignados a cada uno.  Para que el juez acepte esta opción los domicilios de los progenitores deben estar relativamente cerca entre sí.  Actualmente esta es la forma que más se practica.

El empadronamiento de los hijos con custodia compartida

Normalmente se elige para el empadronamiento el domicilio en el que los hijos pasan más tiempo.  Si pasan un tiempo similar en ambos, los padres deberán ponerse de acuerdo para elegirlo.  Si no lo hacen ellos lo tendrá que hacer el juez.

Por |2022-09-04T11:02:23+00:00septiembre 4th, 2022|abogados expertos, Divorcios|Sin comentarios

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